El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas es un tratado internacional que tiene como objetivo la protección de los derechos de los autores sobre sus obras literarias y artísticas. Este convenio fue adoptado en 1886 y aprobado por la República Argentina mediante la Ley N° 25.140. A continuación, se presento un resumen de las disposiciones relevantes relacionadas con este convenio:
Principios Generales
- Independencia de la Protección: El goce y ejercicio de los derechos no están subordinados a ninguna formalidad y son independientes de la protección en el país de origen de la obra. Esto implica que, incluso si una obra es publicada en un país que no es parte del convenio, el autor tiene derecho a su protección en los países firmantes del convenio.
- Derechos de los Autores Extranjeros: Los autores extranjeros gozan en el país de los mismos derechos que la legislación nacional concede a los autores argentinos. Esto significa que, independientemente del lugar de residencia del autor, sus obras están protegidas por el convenio.
- Reproducción Digital: Las excepciones permitidas en virtud del convenio, incluyendo el almacenamiento en forma digital en un soporte electrónico de una obra protegida, son totalmente aplicables en el entorno digital. Esto incluye la reproducción de obras en el entorno digital, como la impresión o almacenamiento digital de obras protegidas.
- Publicación: Se define como la reproducción de la obra en forma tangible a la vez que el poner a disposición del público ejemplares de la obra que permita leerla o conocerla visualmente. Esto incluye tanto la edición con
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