Las diferencias entre una fundación y una asociación civil en Argentina se basan principalmente en su estructura, propósito, y forma de constitución. A continuación, se detallan las principales diferencias:
Propósito y Objetivos
Fundación: Se constituye con un patrimonio destinado a la realización de fines de bien común, sin fines de lucro. El objetivo suele ser específico y está vinculado a la voluntad del fundador.
Asociación Civil: Se forma a partir de la unión de personas que deciden organizarse para cumplir un fin común, también sin fines de lucro. Los objetivos pueden ser más variados y flexibles, adaptándose a los intereses de sus miembros.
Constitución y Miembros
Fundación: No requiere de un mínimo de miembros para su constitución; se crea a partir de un acto de voluntad del fundador, quien destina un patrimonio inicial para el cumplimiento del fin propuesto.
Asociación Civil: Necesita de un mínimo de personas (generalmente dos o más) que se asocian con un fin determinado. La estructura se basa en la participación activa de sus miembros.
Patrimonio
Fundación: El patrimonio inicial es fundamental y debe ser suficiente para cumplir con los objetivos propuestos. Este patrimonio puede aumentar, pero su finalidad debe mantenerse según lo establecido por el fundador.
Asociación Civil: El patrimonio se forma con las cuotas de sus miembros y otras posibles fuentes de ingreso. No es necesario un patrimonio inicial determinado para su constitución.
Gobierno y Administración
Fundación: La administración está a cargo de un órgano de gobierno designado según lo establecido por el fundador en el acto constitutivo o estatuto.
Asociación Civil: La dirección y administración están a cargo de los órganos elegidos por los miembros, generalmente a través de asambleas.
Regulación Legal
Fundación: Están reguladas principalmente por el Código Civil y Comercial de la Nación y deben ser autorizadas por el órgano de control correspondiente para funcionar legalmente.
Asociación Civil: También están reguladas por el Código Civil y Comercial, pero su constitución y funcionamiento implican un proceso diferente, incluyendo la inscripción en el registro correspondiente.
Estas diferencias reflejan la naturaleza y el propósito específico de cada tipo de entidad. Mientras que las fundaciones se centran en la realización de un objetivo específico con un patrimonio dedicado, las asociaciones civiles se basan en la unión de personas para alcanzar fines comunes, con una estructura más participativa.
Cuadro comparativo entre fundación, asociación civil y cooperativa
A continuación, se presenta un cuadro comparativo entre Fundación, Asociación Civil y Cooperativa, destacando sus principales características y diferencias:
Característica | Fundación | Asociación Civil | Cooperativa |
Propósito | Realización de fines de bien común, sin fines de lucro. | Cumplimiento de un fin común no lucrativo, basado en los intereses de sus miembros. | Realización de actividades económicas para satisfacer las necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales de sus miembros. |
Constitución | Por voluntad de un fundador que destina un patrimonio inicial. | Por la unión de dos o más personas con un fin determinado. | Por la asociación voluntaria de personas que adoptan una estructura cooperativa. |
Miembros | No requiere de miembros para su constitución. | Requiere de un mínimo de personas (generalmente dos o más). | Requiere de un mínimo de asociados (la cantidad mínima puede variar según la legislación). |
Patrimonio | Patrimonio inicial destinado a cumplir el fin propuesto. | Formado por las cuotas de sus miembros y otras fuentes de ingreso. | Constituido por aportes de los socios y posiblemente otras fuentes. |
Gobierno y Administración | A cargo de un órgano designado según el acto constitutivo o estatuto. | Dirección y administración elegidas por los miembros, generalmente en asambleas. | Administrada democráticamente por sus miembros, siguiendo el principio «un miembro, un voto». |
Regulación Legal | Reguladas por el Código Civil y Comercial y requieren autorización para funcionar. | Reguladas por el Código Civil y Comercial, con inscripción en registro correspondiente. | Reguladas por la Ley de Cooperativas y otras normativas específicas, con inscripción en el INAES. |
Distribución de Excedentes | No aplica, ya que no persiguen fines de lucro. | No aplica, ya que no persiguen fines de lucro. | Los excedentes se distribuyen entre los socios según su participación en la cooperativa. |
Este cuadro resume las diferencias fundamentales entre estas tres formas jurídicas, destacando su propósito, forma de constitución, miembros, patrimonio, gobierno y administración, regulación legal y distribución de excedentes. Mientras que las fundaciones y asociaciones civiles tienen un enfoque más orientado al bien común sin fines de lucro, las cooperativas se centran en la realización de actividades económicas con beneficios para sus miembros, operando bajo principios democráticos y de participación activa.
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